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PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA

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“Tu cuerpo es tuyo y nadie tiene derecho a tocarlo.”
(Laura, defensora de los derechos de la juventud de 15 años, Managua, Nicaragua)

Las personas tienen derecho a vivir sin discriminación y violencia. Este derecho está protegido por diversos tratados internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). La violencia contra una persona es en potencia una violación de su derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad.

Los Estados tienen la obligación de tomar medidas contra la discriminación, la violencia y el acoso en su jurisdicción, dentro y fuera del ámbito doméstico. Un tipo común de hostigamiento que sufren las mujeres es el acoso en la calle, donde son objeto de silbidos, comentarios de índole sexual, insultos y, en ocasiones, agresiones físicas en público.

Durante el levantamiento egipcio de 2011 y después de él, los ataques contra mujeres participantes en manifestaciones aumentaron considerablemente. Muchas mujeres que acudían a las manifestaciones eran agredidas por el ejército y las fuerzas de seguridad, que las golpeaban y sometían a violencia sexual y de género, incluidas “pruebas de virginidad” forzadas y amenazas de violación.
Véase Amnistía Internacional, Egipto: Brutalidad sin castigo y sin freno. El ejército egipcio mata y tortura impunemente a manifestantes (Índice: MDE 12/017/2012).

Activistas de Amnistía Internacional Ecuador participan en una marcha de la campaña “Escuelas Seguras para las Niñas” durante los 16 Días de Activismo, diciembre de 2007.
Activistas de Amnistía Internacional Ecuador participan en una marcha de la campaña “Escuelas Seguras para las Niñas” durante los 16 Días de Activismo, diciembre de 2007.

Hay muchas formas de violencia y discriminación que afectan a la capacidad de las mujeres y las niñas de ejercer sus derechos sexuales y reproductivos, entre ellas prácticas como las siguientes:

  • El matrimonio prematuro y forzado
  • La mutilación genital femenina
  • Las pruebas de virginidad
  • El levirato (heredar a la esposa)
  • La preferencia por los hijos varones
  • Los tabúes alimentarios para las mujeres y las niñas
  • Los tabúes sobre la menstruación
  • La dote y el precio de la novia
  • La prohibición de las conductas homosexuales
Ruth, profesora en una casa de acogida para mujeres y activista en contra de la mutilación genital femenina en Kenia, informa a un grupo de hombres de los peligros de esta práctica, diciembre de 2005.
Ruth, profesora en una casa de acogida para mujeres y activista en contra de la mutilación genital femenina en Kenia, informa a un grupo de hombres de los peligros de esta práctica, diciembre de 2005.

Muchas de las leyes y políticas que criminalizan la sexualidad, la identidad de género y la reproducción están formuladas en un lenguaje de protección de la cultura tradicional o de un código moral establecido que está por encima de los derechos humanos de la persona. Aunque los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos, en algunos Estados los derechos sexuales de las personas de determinada orientación sexual e identidad de género pueden ser motivo de controversia. Aunque deba protegerse el derecho de las personas a tener convicciones religiosas y culturales diversas, no debe mantenerse tal protección a costa de otros derechos humanos, como los derechos sexuales y reproductivos y las garantías de no discriminación.

Los Estados deben proteger a las personas de la violencia y la discriminación basadas en el género. Con tal fin, los Estados deben:

  • Tomar medidas para modificar los patrones socioculturales a fin de eliminar los prejuicios y las prácticas basados en la inferioridad o superioridad de uno de los sexos o en roles estereotipados de los hombres y las mujeres.
  • Despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre adultos, incluidos el adulterio y las relaciones homosexuales.
  • Prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y la niñas en las esferas pública y privada.
  • Investigar, enjuiciar y castigar los casos de violencia de género y aplicar políticas que protejan a las víctimas de tales abusos, como poner a su disposición servicios sociales, psicológicos y de salud.
  • Proporcionar a las personas sobrevivientes de violencia sexual acceso a servicios de salud sexual, como orientación, pruebas y tratamiento para el VIH, anticonceptivos de emergencia y servicios de aborto legal y sin riesgos.
  • Iniciar campañas de educación pública para sensibilizar sobre la violencia de género y combatir sus causas básicas, incluso por medio de educación en las escuelas sobre la violencia de género.
  • Garantizar el acceso efectivo a la justicia a las personas sobrevivientes de violencia sexual y de género, lo que supone garantizar asistencia letrada y reparación suficiente, que incluya indemnización y rehabilitación.

Mutilación genital femenina

“La primera vez que vi claramente cómo se oprimía la sexualidad femenina fue en el caso de mi propia hija. Supe que la circuncisión femenina no era obligatoria, que era un medio de controlar el cuerpo de las mujeres y su sexualidad.”
(Nursyahbani Katjasungkana, Indonesia)

La mutilación genital femenina (MGF) es una forma demasiado común de práctica perjudicial dirigida contra las niñas y las mujeres jóvenes. Se entiende por MGF todo procedimiento que suponga la eliminación parcial o total de los órganos genitales femeninos externos o causar lesiones en ellos. Estos procedimiento se llevan a cabo por razones culturales y tienen por objeto eliminar o restringir el deseo sexual de las mujeres y las niñas y su capacidad de sentir placer sexual. La MGF es una forma de violencia de género y una violación del derecho de las mujeres y las niñas a la integridad física. Aunque hay leyes que prohíben esta práctica y prevén la obligación del Estado de proteger los derechos de las mujeres y las niñas, la MGF es todavía común en muchas zonas.

De acuerdo con esta definición, se entiende por “violencia” no sólo las agresiones o ataques físicos, sino también la coacción y las amenazas, el hostigamiento y la fuerza por medio de la privación de libertad. La violencia de género constituye una violación de derechos humanos fundamentales, tanto si ocurre en el ámbito doméstico, en el familia o en la comunidad en general, como si la perpetra o aprueba el Estado.

Activistas de Amnistía Internacional participan en la Marcha del Orgullo Gay y Lésbico en Bruselas, Bélgica, 2014.
Activistas de Amnistía Internacional participan en la Marcha del Orgullo Gay y Lésbico en Bruselas, Bélgica, 2014.